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Consumo

Los madrileños, los españoles más estresados y los cántabros los más relajados

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Un estudio de Groupon analizando la venta de cupones de spas y masajes durante los años 2015 y 2016 ha permitido completar el mapa de la relajación en España. En este sentido, los madrileños son los que más han utilizado estos servicios, seguidos de andaluces y catalanes. En el otro polo se sitúan los ciudadanos de Cantabria, que aparecen como los más relajados ya que son los que menos utilizaron los cupones de la empresa para relajarse. Lógicamente, son también las zonas más pobladas.

El estrés laboral, la rutina, el ruido de la ciudad y toda la lista de cosas pendientes que tenemos que hacer, ocupan nuestra cabeza día a día. A menudo nos sentimos saturados por nuestras obligaciones y son muchos los españoles que deciden buscar actividades de relajación que les ayuden a cargar las pilas para volver con fuerza a la rutina.

Madrileños, andaluces y catalanes, los ciudadanos más estresados
La capital y sus prisas del día a día parecen repercutir en su población en gran medida. El análisis de las ventas conjuntas de spas y masajes durante los dos últimos años concluye que los madrileños son los ciudadanos que más invierten en este tipo de actividades relajantes. Tanto es así que acumulan un 25% del total de las compras de estos cupones.Le siguen los andaluces, responsables del 23% de las compras totales de los cupones de spas y masajes vendidos en el país y los catalanes, con una tasa del 13% sobre el total

Cántabros y gallegos, los más relajados
Por otro lado, el norte del país cuenta con los ciudadanos más relajados. Los cántabros fueron los que menos necesitaron comprar este tipo de servicios. Tanto es así, que sus compras solo representan el 1% del total.
Tras ellos, se encuentran los gallegos, cuyas compras tanto de spas como de masajes simbolizan el 2% del total.

Los españoles prefieren los masajes a los spas
Ante la decisión sobre si escoger spas o masajes para desconectar y liberar el estrés acumulado, el 59% de los españoles eligen recibir un masaje a la hora de disfrutar una actividad relajante. Madrileños, gallegos, catalanes, valencianos, cántabros, canarios, extremeños, riojanos, murcianos y aragoneses prefieren elegir entre la variedad de masajes relajantes, tailandeses o en pareja que ofrece Groupon para desconectar.
Por otro lado, el 41%, formado por andaluces, asturianos, y castellano-leoneses eligen los spas, sus circuitos y saunas para cargar las pilas.

 

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Consumo

Denunciada la promotora de conciertos de Taylor Swift por prohibir comida y bebida en el Bernabéu

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Taylor Swift Madrid Bernabéu

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la promotora de los conciertos de Taylor Swift que tendrán lugar los próximos 29 y 30 de mayo en el Estadio Santiago Bernabéu por incurrir en una cláusula abusiva al no permitir al público el acceso con comida ni bebida.

Tras ser alertada por varios usuarios, FACUA ha comprobado que, en la información que facilita sobre el evento, la página web de la promotora indica que “no se permitirá el acceso al recinto con alimentos y/o bebidas del exterior”.

La promotora, la empresa bilbaina Lastur Bookin SL, ha sido denunciada ante los organismos competentes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital, de los que espera que insten a la empresa a anular esta cláusula y aclarar a los usuarios que no impedirá el acceso con bebidas y alimentos que hayan comprado fuera del estadio.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, la denuncia se ha presentado el Servicio de Consumo del Área de Economía, Innovación y Hacienda. En el de la Comunidad de Madrid, se ha presentado ante el Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Subdirección General de Política Interior, que pertenece a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Qué dice la ley

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) —adscrita al ministerio con competencias en materia de consumo—, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una “cláusula abusiva” ya que el consumidor “se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.

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