LAS PATRIAS BOBAS DE LOS POLÍTICOS SIN PRINCIPIOS (THE NONSENSE MOTHERLANDS OF THE UNPRINCIPLED POLITICIANS AND/OR UNPRINCIPLED STATEMEN): CASO DEL ENSANCHE DEL ESCORIAL REAL SITIO PARADIGMA DE LA MONARQUÍA PARLAMENTARIA DEL 6D 1978 : PRUEBA DE RESITSTENCIA PARA LA DEMOCRACIA ESPAÑOLA ANTES Y DESPUÉS DEL 20N 2011 (STRENGTH TEST FOR THE SPANISH DEMOCRACY BEFORE AND AFTER 20N 2011) # Mutatis Mutandis   Leave a comment

CLIC ENLACE    OPINIÓN DEL LECTOR # EL PAÍS 05/01/2002

Vecinos del Ensanche de El Escorial

[[CLIC ENLACE]] Queridas Majestades: Ante la inquietud y preocupación que padecemos por las futuras e inminentes expropiaciones de nuestros hogares, queremos hacer una serie de peticiones que entendemos son de justicia, ya que nuestro alcalde no nos hace caso.

En primer lugar, que nos traigan un alcalde dialogante que se preocupe en primer lugar de sus vecinos, como es su obligación, y no encontremos soberbia y prepotencia en quien nos tiene que representar. En segundo lugar, que se respeten nuestras viviendas y que se desarrolle el Ensanche sin quitarnos y tirarnos nuestras casas. En tercer lugar, queremos que los representantes del consorcio dejen de hacer valoraciones arbitrarias y muy a la baja en las tasaciones de nuestros hogares, disminuyendo continuamente las mismas y encontrándonos cómo cada 15 días bajan considerablemente los valores que anteriormente nos habían dado de forma verbal.

En resumen, Majestades, pedimos que intercedáis por estos humildes vecinos que han llegado a tener su hogar después de muchos esfuerzos y sacrificios y que consigáis que no nos expropien.

Maribel González – El Escorial, Madrid – 05/01/2002

CLIC ENLACE   ESPERANZA AGUIRRE Y ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN

CLIC ENLACE   EXPROPIAN

Alberto-Ruiz-Gallardon-Esperanza-Aguirre-besan-iniciar-campana

CLIC ENLACE El Gobierno regional aprueba el Ensanche de El Escorial

La Comunidad de Madrid ha aprobado el plan parcial del Ensanche de El Escorial, que contará con una inversión superior a los 30 millones de euros, de los que el 40% será aportado por el Ayuntamiento y el resto por la Administración regional.  El alcalde [[CLIC ENLACE]]  Javier de Miguel, calificó ayer este proyecto como ‘el más importante de toda la historia del municipio’. ‘Supondrá que la zona industrial absorba muchas de las industrias que actualmente se encuentran en sótanos o pisos bajos y se creará un entramado social y colectivo que ahora no existe, además de ganar en calidad de vida’, añadió.

La actuación urbanística contempla la construcción de un polígono industrial y de 1.430 viviendas, de las que 859 serán de protección oficial y las 571 restantes de precio libre. También se incluyen 180.000 metros cuadrados de zonas verdes y parcelas para uso comercial, hotelero, sanitario y educativo, y de ese total 23.000 se destinarán a terrenos deportivos.

El proyecto suscitó la queja de muchos vecinos que van a verse afectados por la expropiación de sus terrenos (40 viviendas y el traslado de cuatro industrias), que será aprobada definitivamente en el próximo mes de noviembre, según anunció el [[CLIC ENLACE]] concejal de Urbanismo, [[CLIC ENLACE]] Alfonso Bosh. Los vecinos se quejaron de que el Consorcio (formado por el Ayuntamiento de El Escorial y el Gobierno regional) les ofrece por sus viviendas la mitad de lo que cuestan en el mercado.

En este sentido, el alcalde aseguró que tratará de “llegar a una solución razonable para todos”. Las viviendas que se van a construir (las primeras estarán terminadas para el año 2005) serán en bloque -un bajo y dos o tres alturas- y estarán distribuidas en diferentes manzanas con patios exteriores privados. Además, se construirán dos avenidas de 65 metros de ancho cada una.

En cuanto al medio ambiente, se tiene previsto recuperar arroyos existentes en las zonas, así como la colada de Guadarrama -que surca el ámbito de la actual M-600 hasta cruzar las vías del ferrocarril- y la colada de Navalquejigo.

El País – Madrid – 28/09/2002

CLIC ENLACE LA CASA DE LA NIÑA DE  RAJOY EN EL ENSANCHE 

CLIC ENLACE     EL LADO OCULTO / OSCURO DEL PP PARA 20N 2011

EN

CLIC ENLACE  MARIANO RAJOY : REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD

Mariano-Rajoy-2

CLIC ENLACE  LUIS RAJOY BREY NOTARIO DE EL ESCORIAL

NOTARIA LUIS RAJOY

CLIC ENLACE EL ESCORIAL REAL SITIO

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o Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, March 21, 2011

… de planeamiento del Ayuntamiento de El Escorial, en el ámbito Sector 1 Ensanche. . El recurso ex…

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o Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, October 10, 2007

Suelo urbano, carga de la prueba de la insuficiencia de los servicios urbanísticos.

… del Término municipal de El Escorial en el extremo relativo al Sector I, denominado Ens… extremo relativo al Sector I, denominado Ensanche, de Suelo apto para urbanizar, anulando la resoluc… del ordenamiento jurídico o jurisprudencia que fueran aplicables para resolver las cuestiones…

o → Confirms the ruling in Case of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 30, 2003

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o Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011.

…II. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en el contenido de la…769 HOSPITAL DE EL ESCORIAL. 770 HOSPITAL VIRGEN DE LA POVEDA. 771 HOSPITAL DE…TUTELADAS PERSONAS MAYORES P.298 ENSANCHE VALLECAS 680 6211 1.103.459 06…

o BOE. Boletín Oficial del Estado Nbr. 62, March 14, 2011

o I – Disposiciones Generales

o Comunidad Autónoma de Madrid

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o Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, October 11, 2010

FJ 2º La Sala de instancia desestimó el recurso contencioso-administrativo, fundamentándose, en síntesis, en la siguiente argumentación: a) En primer término, y en respuesta a la impugnación del sistema de gestión mediante expropiación, adoptado en la Modificación impugnada, con iniciativa pública y gestión por consorcio, la sentencia de instancia, tras exponer la sucesiva normativa estatal y autonómica madrileña de carácter urbanístico, que consideraba de aplicación al caso, y, rechazar que las iniciales Normas Subsidiarias de 1997 (que se modificaban) pudieran ser impugnadas mediante recurso indirecto, alegando motivos formales, señalaba que "existen en este proceso elementos suficientes para deducir, en relación con el sistema de actuación elegido, que la Administración…

… por la compañía mercantil PAVIMENTOS ESCORIAL, S. L., representada por el Procurador D. Francisc… El Escorial en el ámbito del Sector 1 Ensanche, ampliado por auto de 24-1-2003 al acuerdo de la C… exponiendo a continuación prolijajurisprudencia en relación con la necesidad de acreditar la conc…

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o Ley– Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011

…II. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en el contenido de la… DE CANTOBLANCO 769 HOSPITAL DE EL ESCORIAL 770 HOSPITAL VIRGEN DE LA POVEDA 771 HOSPITAL DE G…TUTELADAS PERSONAS MAYORES P.298 ENSANCHEVALLECAS. 680 6211 1.418.454. TOTAL SECCIÓN 5.393…

o BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Nbr. 310, December 29, 2010

o A – Disposiciones Generales

o Presidencia de la Comunidad

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o La regulación y la gestión del patrimonio histórico-artístico durante la Segunda República (1931-1939)

…: «Los planes de reforma interior y ensanche, tanto de las poblaciones que figuran es esa lista… Monasterio de San Loren­zo de El Escorial. Sin embargo, poco después, un Decreto de 28 de s…, t. I, pp. 130-212, con amplia jurisprudencia; Isabel ordieres, op. cit. , p. 41; Alfonso muño…

o Las reformas administrativas en la II República

o Ponencias

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o Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, February 13, 2008

EXPROPIACIÓN. Es preciso, por tanto, ponderar circunstancialmente, como exige el artículo 130.2 de la Ley, el carácter irreparable o de difícil reparación de los perjuicios derivados de la demora, atendiendo a las singularidades del caso, ya que, como ha declarado esta Sala, cuando las exigencias de ejecución que el interés público presenta son mínimas, bastarán perjuicios de esta entidad para provocar la suspensión y, por el contrario, cuando aquella exigencia es de gran intensidad, sólo perjuicios de elevada consideración podrán determinar la suspensión de la ejecución. Se desestima la casación.

… nombre y representación de Pavimentos Escorial S.L. contra el Auto de fecha 21 de septiembre de 2… correspondiente al Sector I denominado Ensanche, en el Escorial-Madrid. En la primera de las resol… el acuerdo recurrido y de lajurisprudencia que el recurrente invoca. En el motivo de casació…

☞ Judgement favorable to: Recurrido

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o Resolución de 18 de noviembre de 2008, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de los Sectores Públicos Autonómico y Local, ejercicio 2003.

…, según se desprende de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) que distingue (ST… BUITRAGO 129 X X COLLADO MEDIANO 5.317 X ESCORIAL (EL) 12.669 X ESTREMERA 1.135 X X X X X FRESNEDILL… de Atención Primaria de Salud y delEnsanche. – Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña….

o BOE. Boletín Oficial del Estado Nbr. 52, March 02, 2009

o III – Otras Disposiciones

o Cortes Generales

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, June 10, 2010

… Enma y por el Consorcio urbanístico "El Escorial" contra la resolución del Jurado Territorial de E… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en el Escorial. SEGUNDO .- En virtud de providenc…

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o Case nº 1710/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 14, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, July 08, 2010

… nombre y representación de Pavimentos Escorial, S. L., y por el Letrado de la Comunidad de Madrid…, del proyecto de expropiación Sector I "Ensanche" en El Escorial (Madrid). La Sentencia fija "el ju…

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o Case of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 30, 2003

FJ 2º. – Como acaba de exponerse, se sostiene por los actores que las fincas de su propiedad, a que se refiere en el recurso, tienen el concepto de suelo urbano, encontrándose situadas en la CALLE000 , números NUM000 y NUM001 , en una calle urbana, que cuenta con los servicios de electricidad, saneamiento, y suministro de agua potable, siendo toda una zona urbana totalmente consolidada, sin solución de continuidad con el denominado casco urbano. Pues bien, no es ocioso señalar que esta misma Sección ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el carácter urbano de algunos terrenos que las Normas Subsidiarias de El Escorial contemplaban como suelo apto para urbanizar del Sector denominado Ensanche que, en realidad, eran terrenos de borde del suelo urbano y llegamos a la conclusión, por el g…

o → An appeal was filled to the Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, October 10, 2007 who confirmed the ruling in Case of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, October 10, 2007

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, September 16, 2010

… del Consorcio Urbanístico "El Escorial". Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Octavio Juan Her… del expediente expropiatorio "Sector I Ensanche en El Escorial". SEGUNDO .- El artículo 86.4 de l…, pues, una consolidada doctrina jurisprudencial surgida bajo el imperio de la Ley anterior (Autos …

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, July 22, 2010

…�n del Proyecto de expropiación Sector I Ensanche en El Escorial. SEGUNDO .- El artículo 86.4 de la… y amplia una consolidada doctrina jurisprudencial surgida bajo el imperio de la Ley anterior (Autos …

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, March 26, 2009

… de la mercantil Pavimentos Escorial, S.A., se ha interpuesto recurso de casación cont… correspondiente al Sector 1 denominado "Ensanche" en El Escorial, ampliado posteriormente por Acuer…

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, March 04, 2010

… de Justicia no constituyen Jurisprudencia (artículo 1.6 CC y STS de 4 de octubre de 2004 y … correspondiente al Sector I, denominado "Ensanche" en el Escorial (Madrid)", así como frente a la d…

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o Case nº 555/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, June 16, 2010

FJ 2º, correspondiente, necesario y apto para construir dos mil metros cuadrados de viviendas y aparcamiento de vehículos automóviles. En el convenio se preveía, para el supuesto de que por causas legales y técnicas del Plan Parcial de El Tomillar en cuanto al número máximo de viviendas permisibles, no fuera legalmente posible la cesión de este terreno, la cesión y entrega del terreno, en su misma superficie, aprovechamiento y usos, sería en la zona de El Ensanche. Tras rechazar las excepciones opuestas por la Administración local demandada, de litispendencia y de incumplimiento de los requisitos preprocesales necesarios para el ejercicio de la pretensión de condena regulado en el art. 29.1 de la LJCA, el magistrado del Juzgado alcanzó la conclusión de que el Convenio suscrito hab…

… interpuesto por el Ayuntamiento de El Escorial, contra la Sentencia dictada en fecha 4 de diciemb…29.1 de la LJCA y a pesar de la "jurisprudencia" que cita debió haber inadmitido el recurso y al …

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, May 13, 2010

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial (Madrid). SEGUNDO .- El artículo … parte, la mera referencia a la jurisprudencia aplicable tampoco cumple tal justificación, como …

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o Auto of TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, March 13, 2008

… el Plan Parcial del Sector 1º "Ensanche" de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Ayyuntamiento de El Escorial. SEGUNDO.- Por providencia de 10 de septiembre de … y amplia una consolidada doctrina jurisprudencial surgida bajo el imperio de la Ley anterior (Autos …

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o Case nº 1039/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, July 17, 2006

PLAN PARCIAL. NORMAS SUBSIDIARIAS. No se pude apreciar desviación de poder porque ni siquiera se han acreditado los soportes fácticos que prueben la concurrencia de una causa ilícita en la génesis del acto administrativo recurrido que tenga su reflejo en la disfunción manifiesta entre el fin objetivo que emana de su naturaleza y de su integración en el ordenamiento jurídico y el fin subjetivo instrumental propuesto por los órganos decisorios. Se desestima contencioso administrativo.

… el Plan Parcial del Sector 1 "Ensanche" de las Normas Subsidiarias de planeamiento del Ayyuntamiento de El Escorial. Ha sido parte LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, r…

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o Case of TS, Sala 1ª, de lo Civil, December 10, 1991

FJ 2º: Ya se configure el instituto de acceso diferido a la propiedad que en materia de viviendas de Protección Oficial, regula el Reglamento de 24 de julio de 1968 , como un supuesto de aplicación de pactum reservalti domini, puesto que el art. 132 del Reglamento citado lo delimita como contrato por el que "se transmite al cesionario la posesión de la vivienda conservando el cédeme su dominio hasta tanto aquél le haya satisfecho la totalidad de las cantidades a que está obligado», ya se entienda que es éste un contrato de naturaleza sui generis que tiene la finalidad principal de servir de titulo para la adquisición de la propiedad de la vivienda, es manifiesto que la titularidad dominical del comprador no se produce hasta la terminación del plazo establecido por las partes pa…

JURISPRUDENCIA CITADA: Sentencias de 15 de marzo de 1934 y 10 de … de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial, donde consta que la Cooperativa de Viviendas de l… plan parcial del casco urbano y primer ensanche de Las Rozas, al sitio del Abajón. Don Valentín …

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o Case of TS, Sala 1ª, de lo Civil, December 10, 1991

FJ 2º: Ya se configure el instituto de acceso diferido a la propiedad que, en materia de viviendas de Protección Oficial, regula el Reglamento de 24 de julio de 1968, como un supuesto de aplicación delpactum reservattidomini, puesto que el art. 132 del Reglamento citado lo delimita como contrato por el que «se transmite al cesionario la posesión de la vivienda conservando el cedente su dominio hasta tanto aquél le haya satisfecho la totalidad de las cantidades a que está obligado», ya se entienda que es éste un contrato de naturaleza suigeneris que tiene la finalidad principal de servir de título para la adquisición de la propiedad de la vivienda, es manifiesto que la titularidad dominical del comprador no se produce hasta la terminación del plazo establecido por las partes para el a…

JURISPRUDENCIA CITADA: Sentencias de 15 de marzo de 1934 y 10 de … de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial, donde consta que la Cooperativa de Viviendas de l… plan parcial del casco urbano y primer ensanche de Las Rozas, al sitio del Abajon.Don Jesús es pr…

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o Case nº 1664/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 17, 2009

FJ 2º La finca objeto de análisis se encuentra calificada por el planeamiento como suelo urbanizable incluido en ámbitos delimitados y con condiciones de desarrollo con un uso característico de residencial unifamiliar, un aprovechamiento de 0’367200 m2c/m2s y con un coeficiente corrector de 0’90. El Jurado fija como fecha de inicio del procedimiento la de aprobación definitiva del Plan Parcial, 9 de octubre de 2002 y de inicio de la pieza individualizada la de aprobación definitiva del proyecto, 30 de enero de 2003. …

…, interpuesto por la mercantil Pavimentos Escorial SL, representada por el Procurador de los Tribunal… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí… o unidad de ejecución nuestra jurisprudenciasiempre ha considerado posible acudir, en estos ca…

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o Los convenios urbanísticos en el estrado. ¿La inexistencia de una construcción sistemática por parte de los tribunales? Análisis de la jurisprudencia del tribunal Supremo y de las decisiones de los tribunales superiores de justicia (1999-2005)

Se analizan las decisiones de los diferentes Tribunales en materia de Convenios urbanísticos recaídas entre 1999 y 2005 con el fin de detectar si existe una construcción sistemática de los convenios urbanísticos en la jurisprudencia. Como resultado cabe señalar que se aprecia la práctica inaplicabilidad de las previsiones legales autonómicas que regulan la figura de los convenios, bien porque no son alegadas por las partes, bien porque se acude por los Tribunales a principios jurídicos en materia contractual (preferentemente a los principios civiles). Las cuestiones más problemáticas que se detectan son la determinación del objeto válido de los convenios, fijándo los límites de admisibilidad, las consecuencias del incumplimiento de los convenios y los problemas derivados de su impugnaci…

… del Ayuntamiento de San Lorezo del Escorial de 21 de marzo de 1997 por el que aprueba definiti… 3 del Polígono 8 de la 1ª Zona del III Ensanche de Pamplona. Se desestima. . Se recurre el Acue…

o Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente

o Nbr. 227, July 2006

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o Case nº 1712/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 14, 2010

FJ 2º La primera de las cuestiones que se suscita en el presente litigio hace referencia a la clasificación del terreno objeto de la expropiación. Señala el recurrente que el suelo es urbano dado que cuenta con todos los elementos para tal condición tales como red de alumbrado público, agua corriente, alcantarillado, electricidad y teléfono tal y como ya expresó una Sentencia de la Sección 1ª de este Tribunal en relación con una finca del mismo sector pero dicha tesis no puede ser aceptada pues la mera circunstancia de que sobre unos terrenos se hayan levantado edificaciones no excluye, per se, la posibilidad de que en todo o en parte sean incluidos en esa categoría, pues deberán serlo, como señala la STS de 24 de abril de 2007, cuando formen parte de una zona en la que, para hac…

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte el Jurado Ter…

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o Case nº 1036/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, May 18, 2010

FJ 2º Respecto del primero de los motivos, distinguiremos dos tipos de argumentos. En primero de ellos propiamente de la peiza de valoración respecto de los cuales al margen de que los defectos procedimentales denunciados por la parte expropiada no sean tales, de haber existido en ningún caso habrían producido indefensión al recurrente que ha tenido trámites posteriores suficientes para alegar lo conveniente a su derecho, debiendo tener presente tanto lo establecido en el art. 63.2 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre y el criterio mantenido por el Tribunal Supremo en Sentencia de 20 julio 1992 (RJ 1992\6511 ), al afirmar que: «La teoría de la nulidad de los actos administrativos ha de aplicarse con parsimonia, siendo necesario ponderar siempre el efecto que produjo la causa determ…

…, y por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí… obstante- que la configuración jurisprudencial de lo que por precisión total del procedimiento l…

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o El impacto del artículo 47 de la constitucion en la normativa vasca de vivienda

Este artículo pretende describir y caracterizar jurídicamente el actual modelo de Vivienda Protegida de Euskadi. El divergente modelo vasco se caracteriza por cuestiones tales como la calificación permanente de toda la Vivienda Protegida, la imposibilidad de acceder a cualquier Vivienda Protegida si no es a través del sorteo y del Servicio Vasco de Vivienda – Etxebide, el uso masivo del alquiler y del derecho de superficie, el control de las segundas transmisiones a través de visados públicos, el ejercicio universal del derecho de tanteo y retracto, la inspección y el ejercicio efectivo de la potestad sancionadora. Este modelo introduce una propiedad privada sui generis con múltiples servidumbres jurídicas púb…

…Y hemos recordado siempre la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que, en relación al c… tipo: Viviendas Municipales de Bilbao, Ensanche XXI, Patronato de la Vivienda de Donosti, Irunvi, … a la vivienda y la política local», El Escorial (Madrid), 25 a 29 de julio de 2005. . EDUARDO G…

o Revista de Derecho Urbanístico y Medio Ambiente

o Nbr. 230, December 2006

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o Case nº 859/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, April 13, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

…; y, por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte el Jurado Ter…, criterio confirmado por la jurisprudencia (Sentencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo de …

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o Case nº 30134/2008 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 25, 2008

FJ 2º No es aceptable la tesis de la recurrente al respecto de la concurrencia de causa de nulidad de pleno derecho derivada de la aprobación inicial y definitiva del proyecto de delimitación y expropiación por la Comunidad de Madrid por delegación de las competencias propias al respecto del Ayuntamiento del El Escorial. Así, sostiene dicha causa de nulidad esta parte de modo derivado dada la aprobación inicial y definitiva del plan parcial del Sector por la CAM, pues efectivamente como expone la demandada en su contestación no se trata de delegación de competencias, sino del proceso de formación del plan parcial, cuya aprobación inicial y provisional compete a los Ayuntamientos correspondientes y la definitiva a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Señala el Tri…

… correspondiente al Sector I, denominado "Ensanche" en El Escorial (Madrid), así como frente a la de…La jurisprudenciadel Tribunal Supremo se ha mostrado muy rigurosa e…

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o Case nº 1611/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, July 13, 2010

FJ 2º Tal y como figura en el expediente administrativo el 10 de diciembre de 1993 el recurrente suscribió contrato de arrendamiento de una finca de extensión superficial de 13.277 m2 en la que existían diversas edificaciones destinadas al objeto del arrendamiento cual era el de picadero de caballos y doma que resultaba ser el objeto de la actividad. A dicha fecha se encontraba en vigor la Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de Arrendamientos Rústicos cuyo artículo 1 expresaba que se considerarán arrendamientos rústicos a los efectos de esta Ley y quedarán sujetos a los preceptos de la misma todos los contratos mediante los cuales se ceden temporalmente una o varias fincas para su aprovechamiento agrícola, pecuario o forestal, a cambio de precio o renta. La cuestión clave de este pro…

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte el Jurado Ter…, siguiendo una constante doctrina jurisprudencial, como aquél en el que el arrendatario recibe, ade…

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99 documents for jurisprudencia ensanche escorial (Page 4)

o Case nº 1399/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, December 17, 2009

FJ 2º. La parte recurrente solicita la nulidad del Acuerdo impugnado, fundamentando su pretensión anulatoria en los siguientes motivos: 1º- Defectuosa tramitación del procedimiento causante de indefensión al haberse modificado unilateralmente la superficie de las fincas a expropiar. 2º- Procedencia de la solicitud de liberación de la expropiación de la finca nº NUM001 con la delimitación y superficie que inicialmente le fue atribuida de 9.279 m2. 3º- Incompetencia de la Comunidad de Madrid para proceder a la tramitación y aprobación del Proyecto recurrido, siendo así que tratándose de una expropiación urbanística, en ejecución del planeamiento, es el Ayuntamiento de El Escorial la Administración actuante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 9/2001, del …

… correspondiente al Sector I denominado "Ensanche" en el Escorial. Ha sido parte damandada LA COMUNI…

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o Case nº 2404 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, March 01, 2006

NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO URBANO MUNICIPAL. MODIFICACIÓN PUNTUAL. APROBACIÓN DEFINITIVA. IMPUGNACIÓN. CALIFICACIÓN DE FINCAS. SUELO APTO PARA URBANIZAR. De las afirmación del perito actuante no se deduce la suficiencia de servicios en relación con los edificios a erigir sobre el suelo, sino sólo en relación con las edificaciones en este momento existentes. En Sede Administraiva se procede a la aprobación definitiva de las normas de Planemiento Urbano. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

… de Planeamiento Municipal de El Escorial, en el ámbito del Sector 1 "Ensanche". Han sido p… Modificación Puntual y, según la jurisprudencia, la Memoria no ha de contener una justificación d…

☞ Judgement favorable to: Ayuntamiento

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o Case nº 1140/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, June 08, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Case nº 1862/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, October 08, 2009

FJ 2º La resolución del Jurado parte de la clasificación del suelo como urbanizable incluido en ámbitos delimitados y con condiciones de desarrollo, con un uso característico de residencial unifamiliar, un aprovechamiento de 0’367200 m2c/m2s y un coeficiente corrector de 0’90. Señala el recurrente que el suelo es urbano dado que cuenta con todos los elementos para tal condición tales como red de alumbrado público, agua corriente, alcantarillado, electricidad y teléfono pero dicha tesis no puede ser aceptada pues la mera circunstancia de que sobre unos terrenos se hayan levantado edificaciones no excluye, per se, la posibilidad de que en todo o en parte sean incluidos en esa categoría, pues deberán serlo, como señala la STS de 24 de abril de 2007 , cuando formen parte de unazona en…

…, y por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Case nº 1944/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, October 22, 2009

FJ 2º El Consorcio Urbanístico "El Escorial" se indica que el procedimiento es el de tasación conjunta y el método el residual estático al no estar vigente en la fecha de la valoración la Ley 10/03, atacando los conceptos de valoración del Jurado en cuanto a l suelo y las construcciones. Sin embargo la resolución del litigio esta anticipada por la sentencia de esta sección de 15 de enero de 2009 dictada en el Procedimiento Ordinario 358/2005 relativa a la finca nº 7 del expediente de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial, en la que hemos señalado que los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que …

…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

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o Case nº 30087/2008 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, July 22, 2008

FJ 2º Limitado en debate en la forma dicha, la demanda rectora de este recurso dedica sus hechos undécimo y duodécimo y sus fundamentos décimo tercero y décimo cuarto a las cuestiones planteadas sobre tasación conjunta, declaración de urgencia y necesidad de ocupación, si bien el verdadero debate se centra en la elección del procedimiento de tasación conjunta ya que "no procediendo la tasación conjunta, según expondremos, tampoco resulta procedente la declaración de urgencia y si (por el contrario) la expropiación individualizada y el procedimiento ordinario de la LEF". Por tanto, de estas palabras de la demanda se deduce que el único punto realmente controvertido en estos autos es el relativo a la total improcedencia, según la actora, del procedimiento elegido de tasación con…

… correspondiente al Sector 1 denominado "Ensanche" en El Escorial. Ha sido Magistrado Ponente, el Il… a precepto legal o doctrina jurisprudencial en el que amparar su tesis. La realidad es que est…

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o Case nº 1665/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 17, 2009

FJ 2º El Jurado partiendo de la posibilidad de traslado del negocio efectúa su valoración según las siguientes determinaciones: "Para determinar el valor de reacondicíonarniento se aplican los haremos de costes de obra (contrata,-honorarios, licencias, certificados y acometidas) estimados usuales para instalaciones de las características del local afectado. Al tratarse de un local arrendado procede valorar a partir de las condiciones del contrato. Renta actualizada: 65.239,50 euros. Dadas las características de las instalaciones se estiman unos costes en función del tipo de transporte, número de viajes, personal necesario y duración de su actuación, además de estimar unos costes por reparación sustitución de elementos e instalaciones cuyo traslado puede resultar imposible o reque…

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí… estado de la cuestión en nuestra jurisprudencia puede resumirse con el fundamento de derecho noven…

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o Case nº 806/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, March 24, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Case nº 239/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, February 03, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1579/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 10, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

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o Case nº 162/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, January 29, 2009

FJ 2º lugar, la improcedencia de la aplicación de la jurisprudencia relativa a la suspensión de los actos de contenido negativo, porque el recurso no se dirige contra ningún acto de la administración, sino contra su inactividad. Y, finalmente, en contra de lo razonado en el auto, que no necesario esperar a que se produzca alguna actuación administrativa para instar la tutela cautelar, lo que en realidad reconduce a la aplicación del art. 136.1 de la LJCA en relación el 29 . El Ayuntamiento de El Escorial ha impugnado el recurso. SEGUNDO. Tanto la tesis actora como el auto recurrido incurren arrancan de algunos errores que conviene aclarar, para lo cual ha de dejarse nota, siquiera brevemente, de las circunstancias del caso. La temática litigiosa tiene su origen en el incumplimiento …

… o desarrollos en la Zona de El Ensanche en los que no se contemple la entrega del terreno …

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o Case nº 1119/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 26, 2006

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DESCONCENTRACIÓN. DELEGACIÓN. No pueden considerarse nulas las cláusulas del acuerdo que autoriza al alcalde a firmar toda documentación tendiente al desarrollo del consorcio urbanístico siendo que estamos frente a un supuesto de desconcentración mas no de delegación. Pues lo que se ha trasladado es el ejercicio (no la titularidad) de una competencia atribuida a otro órgano o a otra organización personificada, se está en presencia de un supuesto de desconcentración, que se denomina convencionalmente "delegación", figura jurídica en la que, aunque la competencia se ejerce en nombre y bajo la responsabilidad del desconcentrado, existe un grado de control mucho mayor, a diferencia del mandato jurídico público en el que la competencia se ejerce en nombre y bajo la responsabilidad del órgano u organización delegante. Dictada resolución de formación de consorcio urbanístico contra ella se planteó recurso contencioso administrativo el que fue desestimado.

… del Pleno del Ayuntamiento de El Escorial, de 4 de abril de 2000, que aprobó la creación d… el desarrollo urbanístico del Sector "Ensanche" de las Normas Subsidiarias, encomendó el ejercic…, dado que, como ha reconocido la jurisprudencia, la intervención de la Administración autonómic…

☞ Judgement favorable to: Administración

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o Case nº 1849/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, December 23, 2006

FJ 2º Expone la parte recurrente en la demanda, en síntesis, que es propietaria de una finca con una superficie de 1 ha., 62 áreas y 95 centiáreas y que de conformidad con las Normas Subsidiarias de 1997, los terrenos referenciados estaban clasificados como "Suelo Apto para Urbanizar" y que sobre tales terrenos se han constituido varios contratos de arrendamiento, uno de ellos con la sociedad industrial que será Reny Picot, que data del 1 de enero de 1986. Añade que el Sector 1, Ensanche, se sitúa al este del caso urbano y dentro de tal ámbito se sitúan los terrenos de su propiedad, de uso industrial, cercanos a la confluencia de la Avda. Felipe II con la M-600, ocupados por el establecimiento fabril Reny Picot, junto con unas viviendas y una huerta. Continúa señalando que la modifi…

… de planeamiento del Ayuntamiento de El Escorial. Ha sido parte LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, r… ), precepto que, sin embargo la jurisprudenciavenía interpretando en un sentido amplio permitie…

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o Case nº 239/2010 of AP Madrid, Sección 8ª, May 23, 2010

FJ 2º En el antiguo interdicto de retener o recobrar la posesión, actualmente recogidos en el artículo 250.1.4º de la LEC, el demandante tiene que acreditar: 1º Hallarse en la posesión o en la tenencia de una cosa. 2º Haber sido inquietado, perturbado o despojado de ella, con expresión clara de los actos exteriores en que consistan. 3º Haber presentado la demanda antes de haber transcurrido un año a contar desde el acto de inquietación, perturbación o despojo. 4º La existencia de un acto o actos que demuestren un propósito o ánimo de expoliar, el cual de entrada debe presumirse en el hecho objetivo de la inquietación, perturbación o despojo (SSAP Castellón, 3 de julio de 1974; AP Albacete, 30 de junio de 1975; AP Murcia, 13 de octubre de 1977; …

…3 de SAN LORENZO DE EL ESCORIAL. De: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCI… (el Presidente), señala jurisprudencia del TS según la cual la Comunidad demandante est�… colocación de tableros, de escalera, de ensanche de desagües etc. Por todo ello procede desestimar…

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o Case nº 1571/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, November 10, 2006

FJ 2º Fundamenta la parte recurrente sus pretensiones anulatorias en los siguientes motivos: 1º- Exceso por la Comunidad de Madrid en el ejercicio de la Delegación efectuada por el Ayuntamiento de El Escorial. 2º.- Indebida utilización de la vía de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias. 3º.- Inexistente motivación de la Modificación efectuada, arbitrariedad y desviación de poder. 4º.- Carácter urbano del suelo de los recurrentes incluido en el sector 1Ensanche, procediendo en consecuencia su exclusión del Sector 1 Ensanche. 5º.- Vulneración de la Ley 9/01, del Suelo de la Comunidad de Madrid. 6º.- Vulneración del artículo 14 de la Constitución como consecuencia de la inclusión en el Sector 1 Ensance de las propiedades de Don Rubén y su esposa Julieta ; de D�…

… que conforme a reiterada doctrina jurisprudencial el acto de aprobación pura y simple de un Plan no…

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o Case nº 1733/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 24, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1580/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 10, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

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o Case nº 1582/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 10, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1556/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, July 16, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

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o Case nº 1575/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 10, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fechade exposición al público del proyecto (oct…

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o Case nº 500/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, February 24, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1666/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 17, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1581/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 10, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

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o Case nº 967/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, May 05, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1142/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, June 08, 2010

FJ 2º La resolución del Jurado parte de la clasificación del suelo como urbanizable incluido en ámbitos delimitados y con condiciones de desarrollo, con un uso característico de residencial unifamiliar, un aprovechamiento de 0’367200 m2c/m2s y un coeficiente corrector de 0’90. Señala el recurrente que el suelo es urbano dado que cuenta con todos los elementos para tal condición tales como red de alumbrado público, agua corriente, alcantarillado, electricidad y teléfono pero dicha tesis no puede ser aceptada pues la mera circunstancia de que sobre unos terrenos se hayan levantado edificaciones no excluye, per se, la posibilidad de que en todo o en parte sean incluidos en esa categoría, pues deberán serlo, como señala la STS de 24 de abril de 2007, cuando formen parte de una zona en…

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o Case nº 1667/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 17, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1732/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 24, 2009

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

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o Case nº 1131/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 27, 2006

FJ 2º, se expresaba: "Se alega en primer lugar que la delegación de competencias del Ayuntamiento de El Escorial en la CAM, para la tramitación y aprobación del planeamiento general no tiene cobertura legal en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de carácter básico, carece de motivación e infringe el citado texto. Al efecto se ha aportado informe de la CAM en fase probatoria expresivo de que el sistema de actuación en el Sector I "El Ensanche" es público según las Normas Subsidiarias vigentes y su gestión se lleva cabo por un Consorcio Urbanístico creado al efecto entre la CAM y el Ayuntamiento, y que por acuerdo municipal de 4-4-2000, a fin de gestionar con mayor agilidad el ámbito del Consorcio Urbanístico, tanto respecto del planeamiento como de la gestión, se delegó el ejercicio…

… de 1975, han venido marcando la jurisprudencia de este Tribunal en orden a la clasificación del …

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o Titulo IV

Introducción – 1. La extraordinaria complicación terminológica. – 2. La ambigua conceptuación de la enfiteusis. – 3. La compleja clasificación del derecho de censo otorgado al dueño directo (censualística)

… radicalmente, convirtiéndose su jurisprudencia en un factor de aplicación arbitraria del Código…Las leyes de ensanche de poblaciones y de expropiación forzosa de 1876,…d. 11.i de la Biblioteca de El Escorial. Anglés Civit, José M.a, La emfiteusis catalana …

o Comentarios al Codigo Civil

o Tomo XXX, Artículos 277 a final de la Compilación de Cataluña

o Libro III. De los derechos reales

o Título IV. De la enfiteusis

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o Case nº 30600/2007 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, December 20, 2007

FJ 2º A la vista de los anteriores antecedentes no puede sino tomarse en consideración, por el rango del Tribunal que la dicta y por el análisis de fondo que efectúa, la STS de 7-7-03, en cuyo Fundamento de Derecho Cuarto, se expresa lo siguiente: "Examinado, ahora ya si con mayor libertad, el informe pericial en el que se basa la sentencia para la estimación del recurso, se manifiestan diversas circunstancias. Así, por ejemplo, al describir la "red de evacuación de aguas residuales y su conexión con la red general" se reconoce "la existencia de desagües en todos los aparatos, (así como su) correcto funcionamiento…", sin embargo en el acta de ratificación de dicho informe, y a la pregunta formulada de contrario sobre "si ha comprobado… que este vertido se realiza a la red públi…

… correspondiente al Sector 1 denominado "Ensanche" del Escorial. Comparece como demandado el Procura…

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o Case nº 449/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, February 10, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Case nº 2110/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, November 12, 2009

FJ 2º El Consorcio Urbanístico "El Escorial" se indica que el procedimiento es el de tasación conjunta y el método el residual estático al no estar vigente en la fecha de la valoración la Ley 10/03, atacando los conceptos de valoración del Jurado en cuanto a l suelo y las construcciones. Sin embargo la resolución del litigio esta anticipada por la sentencia de esta sección de 15 de enero de 2009 dictada en el Procedimiento Ordinario 358/2005 relativa a la finca nº 7 del expediente de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial, en la que hemos señalado que los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que …

…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

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o Case nº 447/2010 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, February 10, 2010

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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o Case nº 751/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Social, November 24, 2009

FJ 2º término, también es cierto que este Tribunal puede apreciar de oficio la falta de competencia por razón de la materia para conocer de la cuestión de fondo planteada si es que la misma no corresponde al orden social de la jurisdicción. Sin embargo, y pese a lo que se alega, no se estima que sea así y ello por cuanto tal y como razona el Juez en el fundamento cuarto de la sentencia, la figura del gerente aparece recogida y diseñada en los propios estatutos del consorcio, quedando aquella figura integrada en su organización como el instrumento básico para la ejecución de las directrices del órgano de gobierno. En consecuencia, no puede estimarse que tal figura, en la que por su propia naturaleza existe una dependencia, pueda ser cubierta por un profesional libre que, con plena li…

…Recurrido/s: CONSORCIO URBANÍSTICO ESCORIAL, CONSORCIO URBANÍSTICO LORANCA CIUDAD-JARDÍN. JU… de los terrenos situados en el Sector I Ensanchede dicho municipio y en los términos expresados e… Trabajadores, citando al efecto la jurisprudencia contenida en las SSTS13 de marzo de 1990, 11 de ju…

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o Case nº 1669/2009 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, September 17, 2009

FJ 2º La finca objeto de análisis se encuentra calificada por el planeamiento como suelo urbanizable incluido en ámbitos delimitados y con condiciones de desarrollo con un uso característico de residencial unifamiliar, un aprovechamiento de 0’367200 m2c/m2s y con un coeficiente corrector de 0’90. El Jurado fija como fecha de inicio del procedimiento la de aprobación definitiva del Plan Parcial, 9 de octubre de 2002 y de inicio de la pieza individualizada al de aprobación definitiva del proyecto, 30 de enero de 2003. …

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí… Tribunal, pues, de una parte, la jurisprudencia tiene dicho que el informe acompañado con la hoja…

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o Case nº 30049/2008 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, June 24, 2008

FJ 2º Limitado en debate en la forma dicha, la demanda rectora de este recurso dedica sus hechos undécimo y duodécimo y sus fundamentos décimo tercero y décimo cuarto a las cuestiones planteadas sobre tasación conjunta, declaración de urgencia y necesidad de ocupación, si bien el verdadero debate se centra en la elección del procedimiento de tasación conjunta ya que "no procediendo la tasación conjunta, según expondremos, tampoco resulta procedente la declaración de urgencia y si (por el contrario) la expropiación individualizada y el procedimiento ordinario de la LEF". Por tanto, de estas palabras de la demanda se deduce que el único punto realmente controvertido en estos autos es el relativo a la total improcedencia, según la actora, del procedimiento elegido de tasación con…

… de la mercantil PAVIMIENTOS ESCORIAL SL, contra el Acuerdo adoptado por la Comisión de… correspondiente al Sector 1 denominado "Ensanche" en ElEscorial, ampliado posteriormente al Acuerd… a precepto legal o doctrina jurisprudencial en el que amparar su tesis. La realidad es que, es…

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o Case nº 839/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, June 07, 2006

FJ 2º En el acto recurrido se recogen los objetivos de la Modificación Puntual, afirmando que no se producen cambios significativos de ordenación del sector, y mencionando la redefinición de los límites y superficie del sector, disminución de la edificabilidad, redistribución de usos, adaptación de cesiones y viviendas protegidas a la Ley 9/2001 de la CAM y variación de algunas determinaciones. Por tanto, no se modifica la clasificación de los terrenos del ámbito, que continúan siendo aptos para urbanizar, siendo la superficie total del Sector, 56,3 has., sector además que ya fue delimitado por las Normas Subsidiarias de 1997 fijándose entonces la superficie de 55,7 has. La parte recurrente expresa ser propietaria de terrenos que comprenden una superficie de 1 ha….

… Subsidiarias de Planeamiento de El Escorial, en el ámbito del Sector 1 "Ensanche". Ha sido pa… 1976, precepto que, sin embargo la jurisprudencia venía interpretando en un sentido amplio permitie…

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o Case nº 2337/2008 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, December 04, 2008

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

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o Case nº 580/2006 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, April 19, 2006

FJ 2º: Se opone el carácter de suelo urbano de la finca de la recurrente ubicada en el Sector 1 Ensanche con frente y acceso por la C/ Cebadillas. Se ha practicado prueba pericial e efecto, en cuyo dictámen el perito informa que la finca posee red de alcantarillado, abastecimiento de agua, energía eléctrica, acceso rodado por calle y alumbrado público, añadiendo que no se ha terminado el asfaltado de viales ni el encintado de aceras y que "las redes y servicios se encuentran en correcto estado para servir a la edificación existente". Al efecto se ha de recordar lo ya argumentado en una reciente sentencia de esta Sala, dictada en fecha 1-3-2006 , (que es a su vez reproducía el Fundamento de Derecho Cuarto, de la STS de 7-7-03 ), y que se refería otra finca del mismo ámbito con vuelta…

… nombre y representación de PAVIMENTOS ESCORIAL, S.L., contra el acuerdo adoptado por la Comisión… , precepto que, sin embargo la jurisprudenciavenía interpretando en un sentido amplio permitie…

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o Case nº 2231/2008 of TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, November 27, 2008

FJ 2º Por el Consorcio Urbanístico "El Escorial" se indica que el procedimiento es el de tasación conjunta y el método el residual dinámico, atacando los conceptos de valoración del Jurado así como la superficie de la finca. Ataca el Consorcio, igualmente, el valor de las construcciones por falta de motivación de la resolución y por ser superior el valor al fijado en la hoja de aprecio. …

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

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FJ 2º Con carácter previo debe indicarse a los recurrentes Consuelo y don Eugenio que la aprobación inicial de la modificación puntual de las NNSS del Ayuntamiento no es motivo de suspensión del presente procedimiento toda vez que la resolución del litigio, fijación del justiprecio, no depende de que tal modificación llegue a producirse distinto hubiera sido si el objeto del recurso hubiera sido la impugnación del procedimiento expropiatorio. En cuanto al fondo del asunto, los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la le…

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

…, y por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

…, y por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

…, y por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Como ha sido anticipado, se sostiene por el actor que las fincas de su propiedad, a que se refiere en el recurso, tienen el concepto de solares, y así resultaría de los planos catastrales del término de El Escorial, de la tributación en el Impuesto de Bienes Inmuebles como suelo de naturaleza urbana, de la propia cartografía de la Normas Subsidiarias y del dictamen realizado por el Arquitecto don Pedro Miguel , obrante en el recurso contencioso número 3467/96 de esta misma Sección. Pues bien, por lo pronto ha de señalarse que esta misma Sección en el Recurso 3467/96, con fecha 24 de julio de 2000, dictó sentencia en la que tuvo ocasión de resolver la cuestión que nos ocupa, radicando la diferencia en que en aquél proceso se recurría la aprobación del Proyecto de Delimita…

… extremo relativo al Sector I, denominado Ensanche, de Suelo apto para urbanizar. Son partes en dicho…

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Con carácter previo las partes demandadas alegan la concurrencia de la causa de inadmisibilidad del recurso del art 69 b) de la LJCA por falta de legitimación activa del recurrente para al interposición del recurso al carecer de interés legítimo en el procedimiento. Tal como expresa la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª), de 11 febrero 2003, la legitimación es presupuesto inexcusable del proceso, que implica en el proceso contencioso-administrativo, como ha señalado de forma reiterada el Tribunal Supremo, así como la jurisprudencia constitucional (por todas, la STC 65/1994 [RTC 1994\65 ]), una relación material unívoca entre el sujeto y el objeto de la pretensión (acto o disposición impugnados), de tal forma que su anulación …

…Demandado: Consorcio Urbanístico de El Escorial. Procurador: Doña Mª Isabel Campillo García. SE… las obras de "Urbanización del Sector 1 Ensanche y conexiones exteriores en el Escorial (Madrid)" c…

FJ 2º. La parte recurrente solicita la nulidad del Acuerdo impugnado, fundamentando su pretensión anulatoria en los siguientes motivos: 1º-Que el Estudio de Detalle no ha respetado las Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Lorenzo del Escorial de 1999 en cuanto a condiciones volumétricas y altura máxima permitida, dado el gran desnivel que existe en el terreno y retranqueos de la edificación exigidos. 2º- Vicios procedimentales y de fondo en los expedientes de concesión de la licencia municipal para la construcción del edificio para uso de teatro en la unidad de ejecución nº 7 y para la tala de árboles, así como que la inminente tala de árboles centenarios protegidos romperá con la biodiversidad autóctona de la zona. …

…La jurisprudencia (TS S 23 Nov. 1998 ) ha puesto de manifiesto reite… de ordenanza 2 (Manzana cerrada) y 3 (ensanche) la altura máxima será de 3 plantas o la existen…

FJ 2º Se alega en primer lugar que la delegación de competencias del Ayuntamiento de El Escorial en la CAM, para la tramitación y aprobación del planeamiento general no tiene cobertura legal en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de carácter básico, carece de motivación e infringe el citado texto. Al efecto se ha aportado informe de la CAM en fase probatoria expresivo de que el sistema de actuación en el Sector I "El Ensanche" es público según las Normas Subsidiarias vigentes y su gestión se lleva cabo por un Consorcio Urbanístico creado al efecto entre la CAM y el Ayuntamiento, y que por acuerdo municipal de 4-4-2000, a fin de gestionar con mayor agilidad el ámbito del Consorcio Urbanístico, tanto respecto del planeamiento como de la gestión, se delegó el ejercicio de las compet…

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril, imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (octubre de 2002) …

… por el Consorcio Urbanístico "El Escorial", representado por la Procuradora de los Tribunale… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…En este sentido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, puesta de manifiesto, entre …

FJ 2º Con carácter previo, conviene delimitar, de entre las actuaciones recurridas, cual de ellas ha de ser considerada como objeto del proceso, aún cuanto esto sea más una cuestión teórica con escasa relevancia práctica; en el escrito de contestación a la demanda la entidad CORVIAM SA ha alegado que no son susceptibles de recurso ni el Proyecto de convenio urbanístico suscrito el 15.10.96 entre el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de El Escorial y CORVIAM, SA, ni el Acuerdo Plenario del ayuntamiento de El Escorial de 3.12.1996, en el que el Pleno se dió por enterado del anterior y ordenó la exposición al público durante 15 días del texto íntegro del convenio en el BOCAM y en uno de los periódicos de mayor difusión de la Comunidad . Con independencia de que tales actos pudie…

… limitado a la cita de preceptos y jurisprudencia que consideran infringidos, sin embargo, de los he… y usos, sería en la zona de El Ensanche..". Sin embargo, los recurrente recurrentes han af…

FJ 2º Conforme a reiterada jurisprudencia, los acuerdos de los Jurados de Expropiación Forzosa, gozan de la presunción de veracidad, legalidad y acierto, por lo que sus decisiones merecen ser acogidas con el crédito y autoridad que se desprende de su doble composición técnica y jurídica y de su permanencia y especialización, si bien siendo tal presunción de naturaleza "iuris tantum" puede y debe ser revisada en vía jurisdiccional. Esta presunción es reiterada por la Sentencia de 30 de junio de 1993, y para ser desvirtuada es necesario que se haga prueba suficiente de infracción legal, un notorio error de hecho o desafortunada apreciación de los elementos de prueba existentes en el expediente, cuya acreditación corresponde a la parte que impugna los acuerdos del Jurado de Expropia…

… por "CONSORCIO URBANISTICO EL ESCORIAL", representado por la Procuradora Dª. Consuelo Ro… fijado para las fincas del Sector I "Ensanche" de El Escorial, en los supuestos en que los inter…

FJ 2º Por el Consorcio Urbanístico "El Escorial" se indica que el procedimiento es el de tasación conjunta y el método el residual dinámico, atacando los conceptos de valoración del Jurado así como la superficie de la finca. …

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º La parte recurrente fundamenta sus pretensiones impugnatorias en los siguientes motivos: 1° La revisión del planeamiento de El Escorial debería haberse articulado a través de la elaboración de un Plan General de Ordenación Urbana, cuyo estudio económico y financiero hubiera permitido apreciar las posibilidades reales de abordar el desarrollo del planeamiento, y no simplemente mediante una revisión de las Normas Subsidiarias; 2° El Acuerdo impugnado no ha considerado como suelo urbano los terrenos de su propiedad 3° Falta de motivación por parte del Ayuntamiento demandado en la desestimación de las alegaciones formuladas. 4° Problemas de gestión para la precisa equidistribución exigida por el planeamiento derivada de la circunstancia de que de las 55,7 Has que se a…

… asignan como superficie al sector del Ensanche, sólo una mínima parte que no excede del 10%, es… reiteradamente tiene declarado la Jurisprudencia, la tributación por tal concepto no es un dato d…

FJ 2º Aduce la parte recurrente como fundamento de sus pretensiones impugnatorias que la memoria de la Revisión de las Normas Subsidirias adolece de insuficiente información sobre los usos y edificaciones existentes en el sector, entre las que se encuentra la empresa " Viveros el Pinar S.A." destinada a la explotación de vivero de plantas para jardinería y su comercialización, por lo que incurre en exceso de discrecionalidad y remisión en blanco al planeamiento de desarrollo; infracción del artículo 83 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, así como infracción de las normas legales sobre valoración del suelo apto para urbanizar. …

… Subsidiarias de Planeamiento de El Escorial y Catálogo Complementario de Bienes a proteger. H… de la resolución recurrida, la jurisprudencia de Tribunal Supremo viene desatacando de modo reit… la dinámica de crecimiento a trozos del Ensanche sin un ensamblaje general", definiendo los objetiv…

FJ 2º: Los razonamientos precedentes llevan a la desestimación de este recurso de apelación, y, en aplicación del art. 139.1 LJCA , procede condenar a las costas causadas en esta segunda instancia al apelante. Que DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación nº 171/04, interpuesto por la Procuradora Dña. Elena-Paula Yustos Capilla, actuando en nombre y representación de D. Juan Carlos , contra el Auto de 13 de julio de 2004, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 16 de esta Capital , por el que se autoriza a la Comunidad de Madrid la entrada en la Finca nº NUM000 , incluida en el Proyecto de Delimitación y Expropiación correspondiente al Sector 1, denominado "Ensanche", en el T.M. de El Escorial 42/03. Con condena en costas de la parte apelante. …

FJ 2º Los artículos 23 y 24 de la Ley del régimen del suelo y valoraciones 6/1998 de 13 de abril , imponen que las valoraciones del suelo han de efectuarse conforme a los criterios establecidos en dicha Ley cualquiera que sea la finalidad que la motive y la legislación urbanística o de otro carácter que la legitime, por lo que es obligado la observancia del artículo 24 del mismo cuerpo legal cuando deba decidirse sobre la determinación del justiprecio originado por una expropiación forzosa en cualquier caso. Lo que significa que las valoraciones han de entenderse siempre referidas al momento de iniciación del expediente de justiprecio, que al tratarse en este caso de un procedimiento de tasación conjunta coincide con la fecha de exposición al público del proyecto (oc…

… de expropiación forzosa Sector I "Ensanche" en El Escorial. Habiendo sido parte la Consejerí…

FJ 2º Se señala en la resolución recurrida, y no es objeto de controversia, que el proyecto de delimitación y expropiación del ámbito correspondiente al sector 1, denominado "ENSANCHE" en el término municipal de El Escorial, Madrid, se sigue por el procedimiento de tasación conjunta y fue aprobado por la Comisión de Urbanismo de Madrid en sesión celebrada el 30 de enero de 2003 que declaró la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos en virtud de lo dispuesto en el artículo 138.4 de la Ley de Régimen de Suelo y Ordenación Urbana aprobado por Real, Decreto 1346/1976 de 9 de abril . La Orden de desalojo se dicta de conformidad con lo dispuesto en el precepto legal arriba mencionado, el pago o la consignación, en los casos previstos en la Ley del importe ofrecido como val…

… Ministerio Fiscal, y aparte de la jurisprudencia que se cita en los autos de los Juzgados contendie… céntricos de Alcoy y otras en zonas de ensanche. b) Que, además, cuenta con otros derechos here… Primera Instancia de San Lorenzo de El Escorial, se declaró haber lugar al interdicto de recobrar…

FJ 2º En su demanda la actora, en esencia, negó el hecho afirmado por la Administración de que su finca tuviera un acceso hasta que se segregó por su titular parte de la misma para la instalación de una estación de servicio teniendo salida por él a la carretera, siendo así que la Administración confunde las fincas y deja sin acceso a la de litis con perjuicios de todo tipo incluso el de la dificultad de acceso para sofocar posibles incendios como ya aconteció en el verano de 2000 y tras destacar .que en la ampliación del expediente se incluye la autorización del Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial que le había sido reclamado a la actora por la Dirección General de Carreteras, terminó suplicando que se dictase sentencia por la que, estimando el recurso, se revocase la resolu…

… calzada, acondicionamiento del trazado o ensanche de la plataforma de una carretera existente, se in…

RECURSO DE APELACIÓN. ACCIÓN DE RETRACTO. CONOCIMIENTO. Para ejercitar la acción de retracto, es necesario que el conocimiento por el actor de la compraventa de la parte indivisa concretada sobre la porción de terreno que se pretende retraer, sea anterior a la inscripción en el Registro de la Propiedad , y debiendo ser ese conocimiento cabal y completo, no solo de la venta, sino de todas sus condiciones. Se estima el recurso.

… 19 de enero de 1995 ante el Notario del Escorial Don José Luis Núñez. La representación procesa… ó 1996, añadiendo que aunque la jurisprudencia respeto al plazo otorgado por el artículo 1524 d… dando respuesta a su solicitud para ensanche de entrada ya existente y apertura de restaurante…

… y Alpedrete, en San Lorenzo del Escorial, en San Fernando Majarada, San Martín de Valdeigl… y previos contradictorios respecto al ensanche del camino vecinal del kilómetro cuarenta y siete…, con olvido de que reiterada jurisprudencia de esta Sala, de innecesaria cita, por lo numerosa…

… y garaje en las c/ Eras, Calvario y Escorial aprobándose la concesión de licencia el 24/6/96 …La más reciente jurisprudencia de esta Sala -SS. de 20-4-95, 1-4-96, 23-4-97, 27-…., se le debe aplicar la ordenanza 2 del Ensanche Residencial del Plan de Ordenación Urbana de est…

FJ 2º: El procesado en el motivo único de su recurso dice que tenía que haber sido aplicado el párrafo 1.° del artículo 531 del Código Penal, y no el número 1.° del 528 , porque los pisos hipotecados ya habían sido vendidos antes a los querellantes por quien ahora recurre, y, por tanto, ya no eran de la propiedad de éste cuando los hipotecó, tesis que correctamente rechazó la sentencia recurrida en el primero de sus fundamentos de derecho. En efecto, para adquirir la propiedad como consecuencia de los contratos traslativos del dominio,entre los cuales indudablemente se encuentra la compraventa, no basta el contrato (título), sino que es necesaria la tradición (modo) conforme a lo dispuesto en el artículo 609 del Código Civil . La perfección del contrato de compr…

…: El Juzgado de Instrucción de El Escorial instruyó sumario con el número 61/83 contra Tom�… en la supermanzana E-2, zona 2.a del ensanche de 1.° grado- de la localidad de Majadahonda, a f…

FJ 2º: El procesado en el motivo único de su recurso dice que tenía que haber sido aplicado el párrafo 1.° del artículo 531 del Código Penal, y no el número 1.° del 528 , porque los pisos hipotecados ya habían sido vendidos antes a los querellantes por quien ahora recurre, y, por tanto, ya no eran de la propiedad de éste cuando los hipotecó, tesis que correctamente rechazó la sentencia recurrida en el primerode sus fundamentos de derecho. En efecto, para adquirir la propiedad como consecuencia de los contratos traslativos del dominio, entre los cuales indudablemente se encuentra la compraventa, no basta el contrato (título), sino que es necesaria la tradición (modo) conforme a lo dispuesto en el artículo 609 del Código Civil . La perfección del contrato de compr…

…: El Juzgado de Instrucción de El Escorial instruyó sumario con el número 61/83 contra Fide… en la supermanzana E-2, zona 2.a del ensanche de 1." grado- de la localidad de Majadahonda, a fi…

FJ 2º Aunque este Tribunal no ignora la dificultad que a veces entraña definir y concretar queobras son las que han de reputarse incluidas dentro del ámbito de la causa de resolución 7ª del artículo 114 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de diciembre de 1964, que se invoca como aplicable, cuando se realizan sin el consentimiento del arrendador, esto es, cuales son las que verdaderamente modifican de modo sustancial la configuración de la vivienda o del local de negocio, y las que debilitan de forma apreciable la naturaleza y resistencia de los materiales empleados en la construcción, siguiendo la doctrina que emana, entre otras, de las Sentencias del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 1988, 30 de enero y 5 de abril de 1991, se ve en la necesidad de reiterar, una vez mas, com…

… 1ª Instancia nº 1 de San Lorenzo del Escorial, como así declaró dicho Juzgado en auto de 1 de … atañe a las obras consistentes en el ensanche de los huecos de la puerta y del escaparate pormen…

Créditos y Agradecimientos: VLEX Base de Datos de Jurisprudencia de España (vLex is a legal research mega-site providing thousands of primary and secondary law sources from dozens of publishers around the world)

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